Si bien varios diarios y medios argentinos (como Clarín, La Nación y TN, entre otros) afirmaban el pasado sábado 21 de diciembre, que la Ley de Emergencia Económica ya se había aprobado y, por ende, ya regía el impuesto del 30% a la compra dólares y bienes o servicios en el exterior a partir de dicho día, parece que no es así, ya que este no se había publicado aún en el boletín oficial. En todo caso, las compras realizada en el día de ayer (domingo 22), tampoco incluiría el 30% de recargo.

No obstante, según informó Infobae, el gobierno anunció que la ley entrará hoy, de modo que las operaciones realizadas en el exterior en dólares (y en pesos, para los servicios radicados en el extranjero) para la compra de videojuegos, ítems o servicios hechas en el día de hoy, ya pasarían a tener dicho recargo en caso de efectuarse hoy.

«Si la Emergencia sale publicada hoy en el Boletín, comenzará a regir hoy; no importa la hora”, explicaron funcionarios que están trabajando en el tema. Así, quienes hayan realizado transacciones en dólares durante las primeras horas de este lunes, terminarán pagando el impuesto de 30% cuando les llegue el resumen de sus consumos con tarjetas de crédito.

De acuerdo a lo informado por Infobae hace pocas horas, la demora está vinculada en un cambio de último momento dispuesto por el Poder Ejecutivo. Alberto Fernández pretende que la moratoria para el pago de deudas y de aportes que contempla la ley rija exclusivamente para pequeñas y medianas empresas y no para las grandes compañías. Por eso, su equipo trabaja en la posibilidad de realizar un veto parcial. La otra posibilidad es que estrene sus flamantes facultades delegadas para modificar esta cuestión. El resto de la norma se mantendrá sin cambios.

El caso de las compras de billetes para atesoramiento es distinto, pero alcanza a un universo muy pequeño de personas. Aquellos que todavía no hayan utilizado su cupo mensual de compra de USD 200 mensuales accederán al mercado de cambios sin el impuesto de 30% hasta el momento que se promulgue la norma.

La puesta en vigencia de la Ley de Emergencia marcará el debut del dólar “solidario”, que tendrá una cotización cercana a los $82 y será el único al que podrán acceder legalmente los argentinos.

Qué operaciones quedarán sujetas al 30%

  • Compra de divisas para el ahorro y el turismo – La norma estableció un impuesto del 30% a la adquisición de divisas para turismo y atesoramiento, o compras que supongan el uso de moneda extranjera por el término de cinco años, y que tiene como finalidad la de preservar los dólares que conforman las reservas internacionales del país e incentivar el ahorro en pesos. Están incluidos los cheques de viajero.
  • Streaming – Netflix, Spotify y Youtube y todo servicio online o de streaming que se factura desde el exterior se aplicará el impuesto. Todavía no se conoce si se aplicará sobre el precio final, incluido el 21% del IVA.
  • Pasajes, paquetes y alquileres turísticos – Sí, el impuesto aplica a la compra de servicios en el exterior que se contraten vía agencias de viajes. Sin embargo, la opción de pagar en destino en efectivo, que ofrecen aplicaciones como Booking, puede resultar una opción viable para saltar el gravamen. Esta situación provocó la queja de las agencias argentinas que no contarán con esa alternativa. En el sector argumentan que la medida del Gobierno los perjudica al generar una disparidad en el mercado.
  • El plus también se cobrará sobre alquileres temporarios dentro del país si son contratados por plataformas internacionales como AirBnb.
  • Pasajes aéreos, terrestres y vía embarcaciones fuera del país también son englobados por el adicional, excepto que, sean cobrados en pesos. En ese sentido, Lan Argentina y Aerolíneas Argentinas serían las únicas empresas a las que se les pueda comprar los tickets sin desembolsar el impuesto.
  • Esas firmas, además, no tienen que girar sus dividendos al exterior, por lo que cumplen con los requisitos pretendidos en la ley de emergencia.
  • La excepción: pasajes al exterior a ciudades limítrofes – No pagarán el 30% quienes viajen entre ciudades limítrofes, con la condición que el pasaje se pague en pesos. Aún hay dudas en este punto.
  • Las compras online ​- También son alcanzadas por el impuesto las operaciones realizadas a través de Amazon, Ebay y Alibabá, entre otros. Es decir, «cualquier otra modalidad por la cual las operaciones se perfeccionen, mediante compras a distancia, en moneda extranjera», como puntualiza el Proyecto.
  • Cuotas y plazos – Los servicios contratados con empresas del exterior, el recargo se concreta en la fecha de cobro del servicio. En el caso de pagar en cuotas, el 30% se ejecutará en su totalidad con el primer pago.

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